viernes, 6 de junio de 2008

¿QUE PODEMOS HACER?

 

Un, dos, tres, cuatro.... mientras que lees estos cuatro segundos un niño ha muerto de hambre. ¿No te hace pensar que algo no va bien?

ESTE TAMBIEN ES NUESTRO MUNDO

Alrededor de 24.000 personas mueren cada día de hambre o de causas relacionadas con el hambre. 

Un 75% de los fallecidos son niños menores de cinco años.

Hoy en día, un 10% de los niños de los países en desarrollo mueren antes de cumplir cinco años.

La mayoría de las muertes por hambre se deben a desnutrición crónica. La hambruna y las guerras son causantes también de este mal.

Además de la muerte, la desnutrición crónica también causa discapacidades visuales, desgano, crecimiento deficiente y una susceptibilidad mucho mayor a padecer enfermedades. Las personas con desnutrición grave son incapaces de funcionar siquiera a un nivel básico.

Se estima que unos 800 millones de personas en el mundo sufren de hambre y desnutrición, una cantidad 100 veces mayor que el número de personas que mueren por esta causa al año.

A menudo sólo se necesitan unos pocos y sencillos recursos para que la gente pobre pueda cultivar los alimentos necesarios para volverse autosuficiente. Estos recursos incluyen semillas de calidad, herramientas adecuadas y acceso al agua.

INFORME OXMAN CAUSAS DEL HAMBRE.

¿NOS PODEMOS QUEJAR?

domingo, 20 de enero de 2008

LA IGLESIA CATOLICA Y LA PENA DE MUERTE

Cierto es que aparentemente, por lo que luego diré, la iglesia católica se muestra en contra de la pena de muerte, así lo debería estar si atendemos a que se erige como la mayor defensora del derecho a la vida. Ahora bien, ¿es ello cierto? ¿podría hacer algo más?.

No creo conveniente que se centre la discusión, como muchas veces ocurre, en el pasado de la iglesia católica. El pasado es el que es, y contra éste nada se puede hacer. Cierto es que en determinados momentos se constituyó la propia iglesia como aparato asesino (inquisición), pero ello, obviamente, no puede condicionar nuestra postura contra la misma. Máxime cuando, aunque no lo queramos, la iglesia católica sigue teniendo una grandísima influencia en nuestros días, y, como tal, puede influenciar en el contenido de los ordenamientos jurídicos que amparan el asesinato estatal.

Con motivo de la nueva edición del Catecismo, publicado en 1992 (impulsado por el papa Juan Pablo II, su redacción corrió a cargo de una comisión encabezada por el entonces cardenal Joseph Ratzinger), no se introdujo una condena tajante de la pena de muerte (como desde algunos sectores católicos se esperaba). El nuevo Catecismo contemplaba la aplicación de la pena de muerte "en casos de extrema gravedad". La revisión del Catecismo efectuada cinco años más tarde, en 1997, dejó el texto de la forma siguiente:

"La enseñanza tradicional de la Iglesia no excluye, supuesta la plena comprobación de la identidad y de la responsabilidad del culpable, el recurso a la pena de muerte, si ésta fuera el único camino posible para defender eficazmente del agresor injusto las vidas humanas. Pero si los medios incruentos bastan para proteger y defender del agresor la seguridad de las personas, la autoridad se limitará a esos medios, porque ellos corresponden mejor a las condiciones concretas del bien común y son más conformes con la dignidad de la persona humana."
Catecismo, nº 2267

Juan Pablo II, en su encíclica Evangelium Vitae (1995), había matizado anteriormente:

"(...) sin que se deba llegar a la medida extrema de la eliminación del reo salvo en casos de absoluta necesidad, es decir, cuando la defensa de la sociedad no sea posible de otro modo. Hoy, sin embargo, gracias a la organización cada vez más adecuada de la institución penal, estos casos son ya muy raros, por no decir prácticamente inexistentes."

Ambas menciones recuerdan a la inquisición. Baste recordar las palabras que pone Papini en boca de Torquemada: "Cuando el escándalo está en el pensamiento, esto es , en la cabeza, , no hay otro remedio para el escándalo que la muerte ; tremenda necesidad, pero necesidad".

La condena unilateral, hasta el momento, sigue sin producirse.  En la medida en que se mantiene el argumento de la opción de la pena de muerte en casos hipotéticos, la interpretación del límite entre unos y otros casos queda abierta, y la posibilidad del uso y el abuso de la pena capital se convierte en una opción real y legal dentro de los ordenamientos jurídicos que todavía la contemplan. Así ello sirve de evidente justificación a países supuestamente 'democrácticos' en los que la religión tiene una clara influencia en el contenido de sus leyes (principalmente, EEUU)

En otro orden de cosas, durante el siglo XX una de las grandes paradojas es el apoyo de algunas jerarquías de la Iglesia a las dictaduras de Franco primero y sudamericanas posteriormente, responsables de miles de sentencias de muerte, a menudo dictadas sin ninguna garantía judicial, simplemente como método de eliminación de opositores y desafectos, o como simple venganza. Mientras que al mismo tiempo, en estos mismos países, sobre todo sacerdotes y militantes de bases cristianos se oponían tanto a las dictaduras como a sus múltiples ejecuciones, siendo en ocasiones ellos mismos ejecutados (a menudo extrajudicialmente) por este motivo.

Por todo ello, claramente la iglesia se erige en corresponsable de dichas muertes injustas, en cuanto contraviene el claro mandato que debe dirigir todo pensamiento cristiano, cual es el respeto ilimitado a la 'dignidad humana', y, como tal, el derecho a la vida que asiste a todo ser humano por el mero hecho de serlo. La iglesia, como principal obligada a su defensa por mor de la fundamentación del cristianismo, debe mostrarse intransigente con cualquier violación que se produzca al derecho a la vida, y, sin duda, sus titubeos la convierten en corresponsable del asesinato estatal.

FORMAS DE ASESINAR POR EL ESTADO

Hoy en día se usan principalmente siete métodos. La horca y el fusilamiento son los más extendidos. El ahorcamiento aparece en los ordenamientos jurídicos de 78 países y el fusilamiento en los de 86. Cuando se prevén ambos métodos, el fusilamiento se reserva con frecuencia a los delitos en tiempos de guerra o para condenas a muerte dictadas por tribunales militares. Creo conveniente resumir cada uno de ellos, para ilustrar, y siquiera imaginar lo más mínimo lo cruel del asesinato estatal amparado en una legislación formal pero no válida en cuanto quebranta el principal derecho que nos asiste como ser humanos. El derecho a la vida.


AHORCAMIENTO
El preso es colgado de una cuerda atada alrededor del cuello y muere debido a la fuerza que, por la gravedad, ejerce el peso del cuerpo. La inconsciencia y la muerte son causadas por lesiones en la médula espinal o, si esto no es suficiente, por estrangulamiento, debido a la constricción de la tráquea.
FUSILAMIENTO
La ejecución la lleva a cabo un único sujeto o un pelotón. El preso muere por una o varias de las siguientes causas: lesiones de órganos vitales, como el corazón, lesiones del sistema nervioso central o hemorragias. Aunque en un disparo a corta distancia en la nuca debería producir la inconsciencia inmediata, el procedimiento puede durar más tiempo en los fusilamientos por un pelotón, en los que los soldados tiran desde una mayor distancia -y por lo tanto con menor precisión- y pueden haber recibido la orden de apuntar al tronco, más fácil de alcanzar que la cabeza.
Aunque algunos presos pueden permanecer conscientes después de los primeros disparos incluso en las ejecuciones normales por un pelotón, algunas ejecuciones han sido concebidas para prolongar el sufrimiento.
ELECTROCUCIÓN

La electrocución surgió en los Estados Unidos en 1888, alegándose que sería más humana que la horca. El procedimiento es el siguiente: después de amarrar al preso a una silla construida para este fin, los ejecutores sujetan electrodos de cobre húmedos a la cabeza y a una pierna del condenado, las cuales han sido rasuradas para asegurar un buen contacto entre los electrodos y la piel. Se aplican fuertes descargas de corriente eléctrica durante breves periodos. La muerte se produce por paro cardíaco y parálisis respiratoria.
La electrocución produce efectos destructivos visibles, al quemar órganos internos del cuerpo; el condenado a menudo salta hacia delante, tirando de las correas que le sujetan, cuando aplican la corriente; y puede defecar, orinar o vomitar sangre. Los testigos presenciales siempre dicen que hay un olor a carne quemada.
INYECCIÓN LETAL
Este método de ejecución consiste en inyectar por vía intravenosa y de manera continua una cantidad letal de un barbitúrico de acción rápida en combinación con un producto químico paralizante. El procedimiento es similar al utilizado en un hospital para administrar una anestesia general, pero los productos son inyectados en cantidades letales. En Texas, uno de los 19 estados de los Estados Unidos en donde la ejecución se realiza por inyección letal, se usan tres substancias conjuntamente: tiopentato sódico, bromuro de pancuronio y cloruro potásico.
El tiopentanto sódico es un barbitúrico que hace perder el conocimiento al preso, la segunda es un relajante muscular que paraliza el diafragma, impidiendo así la respiración, y la tercera provoca un paro cardíaco.
Cualquier resistencia por parte del reo puede originar que el veneno entre en un músculo o una arteria, lo que causaría dolor. Encontrar una vena adecuada para insertar la aguja no es tan sencilla y en ocasiones requiere una pequeña intervención quirúrgica. En un caso que tuvo lugar en Texas en 1985 fueron necesarios más de 23 intentos antes de que se lograra insertar la aguja en un punto adecuado y el proceso duró 40 minutos. 

EJECUCIÓN POR GAS
El condenado es amarrado a una silla dentro de una cámara hermética; se le ata al pecho un estetoscopio conectado a unos auriculares en la vecina sala de testigos para que un médico pueda controlar el desarrollo de la ejecución. Se libera gas cianuro en la cámara, envenenando al preso cuando éste respira.
La muerte se produce por la asfixia debida a la inhibición por el cianuro de los enzimas respiratorio que transfieren el oxígeno desde la sangre a las demás células del organismo. Aunque puede producirse la inconsciencia rápidamente, el procedimiento tarda más si el preso intenta prolongar su vida, reteniendo la respiración o respirando lentamente. Como en otros métodos de ejecución, los órganos vitales pueden seguir funcionando durante algún tiempo, esté o no inconsciente el condenado.
DECAPITACIÓN
Según el método utilizado en Arabia Saudita y en Qatar, y previsto en la legislación de la República Árabe del Yemen y de los Emiratos Árabes Unidos, se separa la cabeza del tronco mediante un golpe de sable. Aunque la intención es que el filo aguzado del arma corte rápidamente la médula espinal y provoque la inconsciencia por el trauma, pueden ser necesarios varios golpes, ya que el sable es un arma relativamente ligera y la duración de la ejecución depende de la fuerza y de la destreza del verdugo.
LAPIDACIÓN
La ejecución por lapidación suele llevarse a cabo estando el reo enterrado hasta el cuello o atado de algún modo. La muerte puede ser causada por lesiones en el cerebro, asfixia o una combinación de lesiones. Como una persona puede soportar golpes fuertes sin perder el conocimiento, la lapidación puede producir una muerte lenta.
La pena de muerte supone que el Estado lleve a cabo exactamente el mismo acto que la ley sanciona más severamente. Prácticamente todo ordenamiento jurídico señala la sanción más severa para el homicidio deliberado y premeditado; pero no hay forma más premeditada ni a sangre fría de dar muerte a un ser humano que mediante una ejecución; y así como no es posible crear un sistema de imposición de la pena de muerte libre de arbitrariedades, discriminaciones o errores, tampoco es posible encontrar una manera de ejecutar a una persona que no sea cruel, inhumana o degradante.

(Fuente ya.com)

CUANDO EL ESTADO SE CONVIERTE EN ASESINO

Entre 19.000 y 25.000 personas siguen condenadas a muerte en todo el mundo. Al menos 1.591 personas fueron ejecutadas durante 2006 en 25 países, el 91 por ciento sólo en China, Irán, Pakistán, Irak, Sudán y Estados Unidos. En Kuwait se registró el mayor número de ejecuciones per cápita del mundo, seguido de Irán. 

Estas cifras son aproximadas debido al secretismo que rodea a la pena de muerte. Muchos gobiernos, como el de China, se niegan a publicar estadísticas oficiales completas sobre las ejecuciones, mientras que el de Vietnam ha llegado a declarar “secreto de Estado” las estadísticas e informaciones sobre la pena capital.

No cabe ampararse en que única y exclusivamente nos encontramos ante la aplicación de la ley, pues no toda ley puede reputarse de justa, y ni mucho menos de legítima. El ser humano por el mero hecho de serlo goza de una serie de derechos inherentes al mismo, y, entre ellos, como lógico, se encuentra el derecho a la vida. Dicho derecho en cuanto pertenece a la persona por el mero hecho de serlo no requiere su reconocimiento en el ordenamiento jurídico, y, obviamente, no admite ningún tipo de quebranto o limitación.

No existe justificación para aplicar el asesinato a través de la maquinaria estatal. Ni siquiera jurídicamente puede ser admisible, en cuanto toda ley penal debe estar limitada por los derechos fundamentales. Toda ley que contradiga el mayor de los respetos al derecho a la vida debe ser calificada como no válida. (en muchos casos, será calificada como inconstitucional).

Dos son las justificaciones que más se escuchan: a) 'La ley lo permite': como he indicado no toda ley es legítima, pensemos que en la época nazi existían leyes formalmente aprobadas que legitimaban el genocidio contra lo que se entendía como razas inferiores, y ello obviamente no resulta aceptable. b) 'Con ello se reducen los crímenes': No es menester insistir en la cuestión, sólo baste remitirnos a los índices de delincuencia de aquellos países donde se sigue aplicando, índice idéntico o superior a aquellos países donde consta su abolición.

Son muchos los países donde se sigue asesinando a personas amparándose en una legislación que no puede considerarse como válida (mapa)

domingo, 23 de diciembre de 2007

ANHELANDO LO QUE NO TENEMOS

Son días de frío y lluvia. Son días de familia y compañía. Vuelvo del trabajo y me cruzo con ellos. Los sin techo. Una marea de sentimientos me embargan, y me pregunto ¿que les habrá pasado en su vida para llegar a su situación? ¿me pasará también a mí?....

Nos solemos preguntar si tenemos suerte, si la vida nos sonríe, y en demasiadas ocasiones oigo a mi alrededor anhelos de tener lo que no se tiene, y me pregunto ¿qué tienen los que no tienen nada? ¿pensarán ellos que nosotros tenemos suerte, que la vida nos sonríe?.

Sabia es la frase que desde pequeño nos repiten. todo es relativo., pues sí, muchas veces no nos damos cuenta de todo lo que tenemos, tenemos casa, tenemos cama, tenemos comida en la mesa, tenemos televisión, teléfono, ordenador, coche, moto.... tenemos de todo frente a los que no tiene de nada, y aún así oigo lamentos a mi alrededor.

¿Quién es el culpable de que no nos fijemos en ellos? ¿quien es el culpable para que no nos comparemos con ellos? Es la sociedad del consumo, son los programas que todos los días invaden nuestra casa a través de la televisión, son los políticos, nuestros amigos, nuestra familia, nosotros mismos....

No lo sé, lo único que sé es que siempre anhelamos lo que no tenemos....

Obviamente, la caridad no es la solución.